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Consumo impulsa una nueva regulación para prohibir las subidas de precios en el transporte tras accidentes como el de Adamuz

La norma limitará los precios dinámicos para evitar abusos en situaciones de emergencia y reforzar la protección de las personas consumidoras

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy.
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy.Rodrigo JiménezEFE
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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 trabaja en una nueva regulación de los precios dinámicos a través del Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible, con el objetivo de impedir subidas abusivas de precios en situaciones de emergencia o catástrofe. Esta iniciativa ha cobrado especial relevancia tras las quejas presentadas por personas consumidoras después del accidente ferroviario ocurrido en Adamuz (Córdoba), donde se han denunciado fuertes incrementos en el precio de los transportes alternativos al tren tras la suspensión del servicio.

La regulación fue incorporada a la última versión del Anteproyecto, de diciembre de 2025, que el Ministerio está ultimando para su aprobación en segunda vuelta por el Consejo de Ministros. La futura norma obligará a las empresas que utilizan sistemas de precios dinámicos a informar con antelación y de forma transparente sobre la evolución de sus tarifas. En concreto, deberán comunicar previamente el precio que tendrá un producto o servicio durante todo el periodo en el que esté disponible y no podrán superar, en ningún caso, los precios anunciados para una fecha concreta. Con ello, se pretende evitar que circunstancias imprevistas o situaciones de emergencia sean utilizadas como pretexto para aplicar subidas desproporcionadas.

En este contexto, el Ministerio de Consumo ha recibido avisos y denuncias por el encarecimiento de los transportes alternativos en las rutas ferroviarias afectadas por el accidente de Adamuz. Según el propio departamento, estos hechos evidencian la urgencia de aprobar una normativa que proteja de manera efectiva a las personas consumidoras en escenarios de crisis o catástrofe.

Cabe recordar que, tras la catástrofe provocada por la dana en Valencia, el Ministerio de Consumo ya aprobó un Real Decreto-ley que prohíbe a las empresas que fijan precios de forma automatizada incrementar sus tarifas en situaciones declaradas como emergencias de protección civil, conforme a la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. La regulación prevista en el Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible ampliará ahora estas garantías a otros supuestos de emergencia.

Además, el Ministerio ha recordado los derechos de las personas pasajeras afectadas por la suspensión del tráfico ferroviario. Quienes tuvieran un viaje contratado tienen derecho a que la empresa operadora les ofrezca un transporte alternativo para continuar su trayecto lo antes posible o en una fecha posterior que les resulte conveniente, sin coste adicional. En caso de que la operadora no facilite esta alternativa y el viaje se realice por medios propios, el pasajero o pasajera tendrá derecho al reembolso de los gastos razonables asumidos, por lo que se recomienda conservar los justificantes correspondientes.

Asimismo, si la persona afectada opta por renunciar al viaje, la compañía deberá reembolsar íntegramente el importe del billete en un plazo máximo de 30 días desde la solicitud, que podrá presentarse dentro de los tres meses siguientes.