El Tribunal Superior de Justicica de Cataluña (TSJC) ha declarado "improcedente" el despido de un trabajador del Ayuntamiento de Barcelona que había perdido su puesto de trabajo después de 17 años ejerciéndolo por no haber superado un examen de catalán para acreditar que atesoraba un nivel de conocimiento B2 (intermedio) de esta lengua.
Manuel Escribano, que trabajaba como cocinero en el Consistorio barcelonés, fue despedido en enero de 2024 y recurrió la decisión del Ayuntamiento que gobierna el PSC a la Justicia, siendo su demanda desestimada inicialmente por el Juzgado de lo Social numero 32 de Barcelona al entender que la exigencia de catalán no era "desproporcionada" y que, por tanto, su cese estaba justificado.
Sin embargo, asesorado por la entidad constitucionalista Convivencia Cívica Catalana, Manuel recurrió la decisión ante el TSJC, que ha estimado parcialmente su recurso y ha declarado "improcedente" su despido, condenando al Ayuntamiento de Barcelona a readmitirlo o a indemnizarlo con 58.696,92 euros, tal y como consta en la sentencia a la que ha tenido acceso EL MUNDO. Al ser el cocinero personal laboral y no funcionario, el Consistorio ha optado por la segunda opción, con lo que Manuel no recuperará su puesto de trabajo, pero será compensado económicamente.
"Esta sentencia es muy clara: no aprobar el catalán no autoriza a la Administración a echar a un trabajador. El requisito lingüístico no puede convertirse en una causa encubierta de despido ni en un instrumento para expulsar a empleados públicos con años de servicio en el Ayuntamiento", considera Ángel Escolano, presidente de Convivencia Cívica y letrado encargado de defender los intereses del cocinero despedido por el Ayuntamiento de Barcelona
La sentencia va en la línea de otra adelantada por EL MUNDO en octubre y que condenaba al Ayuntamiento de Vic por exigir un nivel desproporcionado de catalán para acceder a un puesto de trabajo en el Consistorio. El municipio, que está gobernado por Junts y que ha sido el primero condenado por esta razón, reclamó un nivel de catalán B2 para optar a una plaza de operario de cementerio y mantenimiento y, ahora, el Juzgado de lo Contencioso número 15 de Barcelona declara «nulas» las bases de su concurso público y ordena al Ayuntamiento que pase a requerir el nivel A2 «básico» a los candidatos.
El juez consideró que «la elevación del requisito al nivel B2, aplicada de forma indiscriminada y no conectada con las funciones [del puesto de trabajo ofrecido], genera una barrera de acceso con efecto excluyente para quienes no acrediten ese nivel». Y añade la sentencia: «Ello constituye una discriminación directa por razón de lengua». El fallo subrayó que «cabe concluir que el puesto es eminentemente manual, sin exigencias propias de interacción lingüística compleja».

