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El Gobierno está estudiando ya la posibilidad de multar a Wizz Air y Transavia por cobrar el equipaje de mano, ampliando así a estas compañías las medidas que ya aplicó en noviembre del pasado año cuando sancionó por el mismo motivo a Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea.
El Ministerio de Consumo de Pablo Bustinduy les impuso, en concreto, una multa por valor de 179 millones por cobrar suplementos "abusivos". Y ahora, "Estas otras dos empresas están en proceso de seguir los mismos pasos que las cinco anteriores", ha explicado el ministro este miércoles en Bruselas.
"El Ministerio de Consumo sancionó a cinco aerolíneas por incurrir en prácticas ilegales, incluido cobrar por el equipaje de mano, pero también por seleccionar el asiento para viajar con niños o con personas dependientes, por falta de transparencia en la formación de precios o por cobrar por imprimir la tarjeta de embarque, por ejemplo", ha ampliado Bustinduy.
Estas sanciones, ha añadido el ministro, son "firmes" aunque las compañías las han "recurrido en los tribunales". "Pero vamos a defender estas sanciones y que se deje de cobrar a los pasajeros por el equipaje de mano y cualquier otra compañía que incurra en las mismas prácticas será tratada de la misma manera por el Ministerio", ha incidido.
Presión en Bruselas
La comparecencia de Bustinduy se ha producido en la sede de los Consumidores Europeos, organización que a su vez ha denunciado ante la Comisión Europea a las mismas siete compañías aéreas por el mismo motivo. "Tomamos medidas contra siete aerolíneas que están explotando a los consumidores e ignorando al máximo tribunal de la UE, que dictaminó que cobrar un equipaje de mano de tamaño razonable es ilegal", ha explicado Agustín Reyna, director general de la BEUC.
Consumidores Europeos aspira a que la denuncia "sirva para sancionar de una vez por todas" esta práctica en todos los países de la Unión Europea, y cuenta con el apoyo de 16 organizaciones de 12 estados diferentes. En el caso de España, están incluidos OCU, Asufin y CECU.
Y la sentencia del TJUE a la que hacen referencia data de 2014, y ya entonces el Tribunal decretó que las compañías no debían cobrar ningún tipo de suplemento por el equipaje de mano siempre que se ajuste a unos "requisitos razonables en términos de peso y dimensiones, y cumpla con los requisitos de seguridad aplicables".

