COMUNIDAD VALENCIANA
Tribunales

Condenado a 28 años de prisión el acusado del asesinato del canónigo de la Catedral de Valencia

Tras el veredicto de culpabilidad del jurado popular, la Audiencia de Valencia considera a Miguel autor de los delitos de asesinato, robo con violencia y estafa: asfixió a la víctima, de 79 años, y le sustrajo el teléfono y las tarjetas bancarias

Miguel, durante el juicio en la Audiencia de Valencia.
Miguel, durante el juicio en la Audiencia de Valencia.EFE
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El Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una pena de prisión de 28 años a Miguel, un cocinero peruano que fue considerado culpable de asfixiar hasta la muerte a Alfonso López Benito, canónigo de la Catedral de Valencia, en su casa el 21 de enero de 2024 en la casa de la víctima. Además, le robó las tarjetas de crédito e hizo con ellas varias compras en los días posteriores, hasta que fue detenido. El magistrado que presidió el juicio le considera autor de un delito de asesinato, por el que le impone 20 años de cárcel, un delito de robo con violencia, penado con cinco años de prisión, y un delito continuado de estafa, por el que le condena a los restantes tres años.

La sentencia, dictada después de que un jurado popular emitiera veredicto de culpabilidad en el que consideró probado que, sobre las once de la noche del 21 de enero, Miguel, acompañado de otra persona no identificada a quien él llamó durante la vista "Manuel", con la que había ideado un plan previo, acudió al domicilio de la víctima, de 79 años aprovechando una relación de amistad desde hacía meses.

Los dos hombres sabían que estaba solo y que solía recibir visitas de hombres, por lo que acudieron con la certeza de que les dejaría entrar. Según el relato recogido en la sentencia, Manuel tiró al canónigo en la cama, le tapó la boca y le ahogó con la otra mano, mientras le apretaba el cuello. Esta maniobra acabó con la vida de la víctima, que no tuvo oportunidad alguna de defenderse del ataque. Por tanto, como consideró el jurado, Miguel no fue el autor material del crimen.

Los dos agresores se apoderaron del teléfono del anciano y de dos tarjetas de crédito de las que obtuvo el número secreto llamando al banco y haciéndose pasar por el fallecido. Con una de ellas, sacó dinero en efectivo y realizó compras por valor superior a los 2.300 euros. Además, le entregó dinero en efectivo al autor materual del asesinato y, con otra tarjeta, se gastó en comercios otros 375 euros.

Durante la celebración del juicio, Miguel mantuvo que no participó en el asesinato ni el robo, que no estuvo en la casa y que fue Manuel el que le entregó las tarjetas y el teléfono móvil de la víctima en la calle. De ninguno se hallaron huellas ni restos de ADN en la casa. Sin embargo, el magistrado considera, de conformidad con el veredicto del jurado, que esta tesis no quedó probada porque, a la hora de la muerte, los datos de posicionamiento móvil acreditan que "estaban situados en el mismo lugar los teléfonos móviles de la víctima y el acusado, puesto que desde las 2:04 horas, (...) el teléfono de la víctima empieza a tener actividad y desde el mismo se realizan varios intentos de acceso" a las aplicaciones bancarias y comerciales de la víctima.

Añade la resolución que este hecho probado se refuerza con la declaración espontánea del condenado ante la Policía tras su detención, en la que describió el estado en el que se encontró el cadáver de la víctima, manifestaciones "que concuerdan con las imágenes del finado tumbado encima de la cama" y que indican que la entrega de tarjetas y teléfono móvil se realizó en la casa en la que ocurrieron los hechos, y no en la calle. Esta sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.