ANDALUCÍA
Tribunales

Ya hay al menos 20 nuevas condenas por los ERE, al margen de la causa principal que desmontó el Constitucional

La mayoría de los condenados son empresarios, ya que los altos cargos de la Junta que ya han sido juzgados en la pieza del "procedimiento específico" no pueden volver al banquillo

El ex consejero de Empleo de la Junta Antonio Fernández.
El ex consejero de Empleo de la Junta Antonio Fernández.JESÚS MORÓN
Actualizado

Ya son 20 las sentencias que condenan el reparto arbitrario y fraudulento de las ayudas para empresas en crisis y expedientes de regulación de empleo (ERE) de la Junta de Andalucía. Más allá del proceso principal contra los altos cargos de la Junta que diseñaron un «procedimiento específico» para eludir los controles en el reparto de los fondos de la Consejería de Empleo, la macrocausa de los ERE sigue viva, pues todavía hay más de un centenar de piezas separadas abiertas para enjuiciar cada una de las ayudas repartidas por la Junta eludiendo los procedimientos ordinarios.

La última condena se conoció este lunes y la ha dictado la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla por «conformidad», después de que un empresario de Jerez, propietario de la empresa Plantasur, admitiera haber cobrado un ayuda de 225.000 euros de la Junta que recibió de forma arbitraria y eludiendo cualquier tipo de procedimiento reglado. Salvador M.B. ha aceptado una condena de dos años de cárcel y cuatro de inhabilitación absoluta y tendrá que pagar en concepto de responsabilidad civil los mismos 225.000 euros que recibió de la Junta, con cargo a la partida 31L, la conocida como fondo de reptiles porque sirvió para abonar cientos de ERE y subvenciones fraudulentos.

El dueño de Plantasur era el único acusado en esta causa, dado que los tres altos cargos de la Junta que aprobaron la subvención fraudulenta ya fueron enjuiciados en la pieza principal de los ERE. Se trata de Juan Márquez, ex director general de Trabajo; Agustín Barberá, ex viceconsejero de Empleo; y el ex consejero Antonio Fernández. Los tres fueron condenados en firme por el Tribunal Supremo, aunque esas sentencias están ahora pendientes de revisión a instancias del Tribunal Constitucional; salvo en el caso de Barberá, que no llegó a recurrir.

La Audiencia de Sevilla ha determinado que a los altos cargos ya enjuiciados debe aplicárseles el principio de non bis in idem, que impide juzgar dos veces a la misma persona por los mismos hechos. Hay algunos tribunales, sin embargo, que han hecho pública su objeción a esta interpretación, pues consideran que los hechos que se juzgan en las piezas separadas (por cada una de las ayudas concedidas) son diferentes a los que se sometieron a juicio en la pieza principal, en la que se valoró la relevancia penal del «procedimiento específico» creado en la Junta para eludir los controles en el reparto de los fondos.

Con una veintena de juicios celebrados que siempre han concluido con condenas, y a pesar de la doctrina impuesta por el Tribunal Constitucional, la tesis del PSOE de que el caso ERE fue un montaje político y judicial resulta algo más difícil de sostener.

Según describió la Fiscalía en su escrito de acusación, el empresario pidió el 23 de diciembre de 2009 al entonces director general de Trabajo una ayuda por valor de 450.000 euros para resolver los problemas de liquidez que tenía. El 8 de febrero de 2010 le fue concedida una subvención de 300.000 euros, con el beneplácito del viceconsejero y del consejero «prescindiendo de todo procedimiento». Finalmente cobró el 75% de lo previsto, que es lo que tendrá que devolver.

El tribunal que ha sentenciado el caso ha decidido suspender la entrada en prisión del condenado, una posibilidad que se concede cuando, no existiendo condenas anteriores, se estima que no existe riesgo de fuga o de reincidencia. Todas estas resoluciones son ya firmes dado que las partes se han comprometido a no recurrirlas.