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El magistrado de la Sala Penal Leopoldo Puente, como instructor de la causa que se sigue en el Tribunal Supremo contra el ex ministro y diputado José Luis Ábalos, ha dictado hoy un auto de 46 folios en el que autoriza a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil a investigar cuentas y productos bancarios en los que el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán figura como titular, autorizado o representante, con exclusión de las vinculadas al PSOE y a la Fundación Pablo Iglesias, así como bienes inmuebles o vehículos. También se requiere información tributaria del investigado para conocer su situación financiera y la evolución de la misma.
La investigación de cuentas bancarias, tal como solicitó la UCO en su informe de 5 de junio, se extiende a cuentas y productos bancarios de cinco empresarios, que además son citados como investigados, y de sus empresas. En total, el número de cuentas bancarias que se van a investigar son cerca de 500.
Del mismo modo el instructor requiere al ministro de Transportes para que facilite a los agentes de la UCO el acceso y clonado de los contenidos que pudieran hallarse en la cuenta de correo electrónico corporativa de uso personal exclusivo del exministro Ábalos.
Fuentes del Instituto Armado confirman a EL MUNDO que los agentes se han personado este viernes en la sede de Ferraz y Transportes en cumplimiento del requerimiento judicial.
Además, el juez requiere al PSOE para que facilite a los agentes de la UCO la entrada en sus instalaciones para proceder al acceso y grabado (clonado) de los contenidos que pudieran hallarse en la cuenta de correo electrónico corporativa de la que Cerdán disponía en dicho partido político.
Del mismo modo el instructor requiere al Ministerio de Transportes que encabeza Óscar Puente para que facilite a los agentes de la UCO el acceso y clonado de los contenidos que pudieran hallarse en la cuenta de correo electrónico corporativa de uso personal exclusivo del ex ministro Ábalos.
En el auto dictado este viernes, Puente acuerda una batería de diligencias solicitadas por la UCO, a raíz de su informe de 5 junio y una vez que Santos Cerdán renunció al acta de diputado y por tanto a su aforamiento. En primer lugar, el instructor indica que su declaración ya no será voluntaria, sino que será "preceptiva y en calidad de investigado (...), teniendo lugar tras la misma, comparecencia al efecto de ponderar la adopción de medidas cautelares de naturaleza personal respecto a él". En cualquier caso, pospone la fecha de la declaración, tal como había solicitado la parte, al 30 de junio para que su nuevo abogado tenga tiempo para desarrollar su defensa eficazmente.
Citados los constructores
El juez Leopoldo Puente explica que la competencia del Tribunal Supremo para investigar estos hechos se sustenta en el aforamiento de Ábalos como diputado, que extiende su jurisdicción a todas las personas a las que se les imputaran hechos inescindiblemente vinculados a los atribuidos al exministro.
Considera que éste es el caso de Santos Cerdán quien, conforme resulta de los consistentes indicios recogidos en el informe de la UCO, "pudiera haber participado, actuando de consuno con el aforado, en la percepción de premios económicos a cambio de concesiones irregulares de obras públicas, al punto que pudiera ser éste, don Santos Cerdán quien se encargara de distribuir entre los diferentes partícipes las cantidades recaudadas".
Asimismo, el instructor acuerda citar entre el 4 y el 7 de julio, con la condición de investigados, a cinco empresarios -Joseba Antxon Alonso -propietario de Servinabar-, del ex directivo de Acciona Fernando Merino, del constructor José Ruz y los hermanos Antonio y Daniel Fernández Menéndez, vinculados a Obras Públicas y Regadíos (OPR)- como personas que, "en su condición, al menos, de administradores de hecho de determinadas entidades mercantiles, habrían podido intervenir en la indebida adjudicación en favor de éstas de concretas obras públicas a cambio de precio".
El auto sostiene que "tratándose de personas que, siempre en los términos indiciarios que corresponden a la fase procesal en la que nos encontramos, pudieran haber participado en la realización de pagos que, en parte, habría podido recibir la persona aforada en esta causa especial, la conducta de aquellos aparecería también indisociablemente unida a la de éste, debiendo quedar incorporados, en la referida condición de investigados, a la presente causa especial".
Otros imputados: Pardo de Vera y Herrero
El instructor señala que el informe policial identifica también las obras que, durante el periodo en el que Ábalos fue ministro de Transportes, pudieron haber sido adjudicadas irregularmente. Con el fin de profundizar en el modo en que se produjeron dichas adjudicaciones, en el auto acuerda requerir a Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) y a la Dirección General de Carreteras para que le remita, en un plazo máximo de quince días, los expedientes de adjudicación de diversas obras. En concreto, solicita toda la documentación relativa a la licitación de cinco obras a ADIF (San Feliú de Llobregat, El Mayor, Murcia, Monforte y Asturias) y de seis a la Dirección General de Carreteras (Logroño, Sevilla, Asturias, Úbeda, Teruel, Camino de Santiago).
El magistrado explica que, a su juicio, del informe de la UCO de 5 de junio resultan "indicios consistentes" respecto a que la entonces presidenta de ADIF Pardo de Vera y el exdirector general de Carreteras Javier Herrero "hubieran podido prestar, en el marco de las indebidas adjudicaciones", asistencia a Ábalos, a través de Koldo, "para que las adjudicaciones proyectadas por ellos pudieran llegar a buen término", facilitando de manera inmediata la información conveniente que obraba en los diferentes expedientes, o la salida a licitación de otros, siguiendo las directrices que el Ministro, a través de su asesor, les impartía.
Sin embargo, considera que las conductas de estas dos personas, por ser instrumentales o accesorias a la finalidad esencial perseguida indiciariamente por el aforado, no deben investigarse en el Supremo, de modo que acuerda deducir testimonio del informe de la UCO de 5 de junio al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional para que resuelva, si lo considera justificado, investigar los hechos incluidos en el citado informe relativos a ambos.
