- Política El PP promete un IVA cero para todos los autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año
La asociación más representativa de los trabajadores autónomos (ATA, adscrita a la CEOE) ha denunciado al Gobierno ante Bruselas por no haber traspuesto en plazo la directiva 2020/285, que tenía que formar parte de nuestro ordenamiento jurídico desde el 1 de enero de 2025, y que entre otras cosas permitiría eximir a los autónomos que facturan hasta un máximo de 85.000 euros al año de tener que repercutir el IVA a sus clientes.
"Los Estados miembros podrán conceder una franquicia del impuesto en relación con las entregas de bienes y las prestaciones de servicios efectuadas en su territorio por los sujetos pasivos que estén establecidos en él y cuyo volumen de negocios anual en el Estado miembro, correspondiente a dichas entregas y prestaciones, no exceda de un umbral determinado fijado por ese Estado miembro para la aplicación de dicha franquicia. Dicho umbral no excederá de 85.000 euros o su contravalor en moneda nacional. Los Estados miembros podrán fijar umbrales diferenciados para diferentes sectores de actividad basándose en criterios objetivos. No obstante, ninguno de dichos umbrales excederá el umbral de 85.000 euros o su contravalor en moneda nacional", recoge la norma en su artículo 284.
Dado que el Ejecutivo no ha traspuesto la norma ni ha dado por ahora la posibilidad a los trabajadores por cuenta propia con una facturación de hasta 85.000 euros de que no tengan que repercutir el IVA a sus clientes (cobrárselo y luego entregárselo a la Agencia Tributaria), ATA ha decidido utilizar el canal de denuncias digital de la Comisión Europea para informar sobre una "presunta infracción del Derecho de la UE por España", según ha anunciado este lunes su presidente, Lorenzo Amor, durante un desayuno informativo organizado por Europa Press en Jerez de la Frontera.
La denuncia, de diez páginas, presentada el viernes y a la que ha tenido acceso EL MUNDO, hace hincapié en la no transposición del régimen especial de exención del IVA para autónomos y pequeñas empresas (conocido como "régimen de franquicia del IVA"), lo que en su opinión "vulnera los principios de efectividad, no discriminación, proporcionalidad, seguridad jurídica, competencia leal y libertad de establecimiento del Derecho de la Unión Europea".
ATA lamenta que, según le ha confirmado la propia Comisión Europea, España es actualmente el único estado miembro que no aplica el régimen de exención para pequeñas empresas, "incumpliendo de forma flagrante y prolongada sus obligaciones".
Recuerda, además, que tras un requerimiento formal en enero de 2025, la Comisión decidió enviar un dictamen motivado al Reino de España el 18 de julio de 2025, instándole a adaptar su Derecho interno a la Directiva en un plazo de dos meses, bajo la advertencia de llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE); pero, aún así, a día de hoy, el incumplimiento persiste.
"La inacción del legislador español provoca que la mayoría de los autónomos de España no puedan acogerse a ningún régimen de simplificación real del IVA, viéndose obligados a cumplir con las mismas obligaciones formales que las grandes corporaciones (...) Los autónomos españoles se encuentran en una clara desventaja competitiva frente a sus homólogos europeos. Mientras un profesional español soporta la carga completa del IVA, sus competidores en otros Estados se benefician de umbrales de exención que mejoran su competitividad. Esta asimetría atenta contra la igualdad de condiciones en el mercado único", lamenta ATA.
Aunque la directiva da la opción de eximir del cobro del IVA a quienes facturen hasta 85.000 euros al año, algunos de los países que ya lo han incorporado a su ordenamiento jurídico han optado por umbrales más bajos. Así, mientras en Italia se ha fijado en 85.000, en Francia han optado por esa cantidad para quienes comercian con bienes y la han dejado en 34.400 euros para quienes lo hacen con servicios; en Irlanda han elegido el mismo esquema pero fijando en 37.500 la cuantía máxima para los proveedores de servicios; en Alemania lo han fijado en 22.000 euros; en Bélgica, en 25.000; en Portugal en 15.000 euros, y en Dinamarca, en 6.700 euros.
Esto quiere decir que una vez que el Gobierno trasponga la directiva tendrá opción o no de aprobar esta exención y, en ese caso, de fijar la cuantía que considere hasta 85.000 euros.
"La negativa total a implementar el régimen es una medida desproporcionada. Si existieran preocupaciones legítimas (por ejemplo, el control del fraude), el Estado podría haber adoptado medidas menos restrictivas, como establecer un umbral más bajo que el máximo de 85.000 euros, pero la inacción total sacrifica completamente el objetivo de la Directiva", denuncia la asociación de Lorenzo Amor.

