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Ser artista no es nada sencillo. Estos profesionales tan pronto encadenan varios proyectos seguidos, como pasan una larga temporada sin trabajo. Unas circunstancias especiales que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene en cuenta con una ayuda específica para este sector.
Concretamente, este organismo señala que los beneficiarios son aquellas personas dedicadas a las actividades artísticas (artes escénicas, audiovisuales y musicales) y también las que estén dedicadas a las actividades técnicas y auxiliares necesarias para el desarrollo de las actividades artísticas.
Como es habitual, para poder acceder a esta ayuda, que puede alcanzar hasta los 600 euros al mes, hay que cumplir una serie de requisitos.
- Desde la fecha de la extinción de la anterior prestación especial hasta la fecha de nacimiento de la nueva prestación especial debe transcurrir, al menos, un año.
- No tener derecho a un alta inicial de la prestación por desempleo de nivel contributivo ordinaria.
- Estar afiliadas a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del acuerdo de actividad incluido en la solicitud de la prestación especial.
- No haber cumplido la edad ordinaria para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que no dispongan del período de cotización necesario o el contrato esté suspendido o reducida la jornada.
- Estar inscritas como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.
Por último será necesario acreditar o bien 60 días de alta en Seguridad Social con prestación real de servicios en la actividad artística dentro de los 18 meses anteriores, o bien, 180 días de alta en Seguridad Social con prestación real de servicios en la actividad artística o por regularizaciones anuales ya realizadas, dentro de los seis años anteriores.
Cuantía y duración de la ayuda
La cuantía de esta prestación especial será igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento, lo que sitúa la ayuda en 480 euros mensuales.
Sin embargo, cuando la media diaria de las bases de cotización correspondientes a los últimos 60 días de prestación real de servicios en la actividad artística sea superior a 60 euros, la ayuda será igual al 100% del IPREM, es decir, 600 euros.
La duración de esta prestación especial será de 120 días (cuatro meses).
