- Herencias Esta es la manera en la que los herederos no tendrán la obligación de pagar impuestos tras recibir una herencia en España
- Herencias Donar en vida una vivienda o dejarla en herencia: ¿Qué es mejor?
- Herencias Este es el orden de herederos si no se ha hecho testamento
Las cuentas conjuntas en los bancos son muy habituales en España, especialmente entre parejas, ya que permiten poder pagar los gastos comunes de una manera fácil y sencilla. Sin embargo, el acceso a la misma puede verse comprometido en caso de que fallezca uno de los titulares, tal y como señala el Banco de España.
La institución señala que si compartimos la titularidad con una o más personas, el contrato firmado con la entidad deberá establecer claramente la forma de disponer del dinero. En este sentido, hay dos opciones que van a resultar determinantes en caso de fallecimiento.
- Disposición conjunta (o mancomunada): Se necesita la firma o autorización de todos los titulares (o un número de ellos) para la retirada de dinero o disposición del saldo.
- Disposición indistinta (o solidaria): Cualquiera de los titulares puede disponer del dinero por sí solo, sin autorización de los demás.
En el caso de que en la cuenta haya varios titulares y no se indique nada sobre el régimen de las disposiciones, se entenderá que es mancomunada o conjunta y eso va a afectar al acceso al dinero si uno de los titulares fallece.
En qué caso se puede disponer del dinero
De acuerdo al Banco de España, si un titular fallece, sus herederos lo suceden en derechos y obligaciones.
- Si la cuenta es conjunta: Desde el fallecimiento de un titular, los demás no podrán disponer del dinero que hay en ella, salvo que tengan el consentimiento expreso de todos los herederos del titular fallecido.
- Si la cuenta es indistinta: Se podrá seguir disponiendo del dinero después del fallecimiento de uno de los titulares.
Por tanto, en el caso de las cuentas conjuntas, el dinero quedará bloqueado y el resto de titulares no podrán acceder a él. Puede ocurrir, por ejemplo, en el caso de un matrimonio en el que uno de los dos fallece y el otro no tendría acceso a los fondos hasta que no hubiera consentimiento de todos los herederos (los hijos).
En definitiva, es fundamental conocer qué tipo de cuenta tenemos y actuar en consecuencia para evitar quebraderos de cabeza cuando se producen fallecimientos.
