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Hay que comunicarlo

Giro de 180 en la jubilación: cobrar pensión y trabajar a escondidas puede obligarte a devolver todo lo cobrado

La normativa permite compatibilizarlo a través de varias modalidades

Un anciano trabajando.
Un anciano trabajando.PIXABAY
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Una vez alcanzada la edad de jubilación, un trabajador puede seguir ejerciendo su profesión. Incluso es posible jubilarse y después volver a trabajar, pero siempre será necesario comunicar esta situación a la Seguridad Social y acogerse a alguna de las modalidades que permiten la compatibilización. De lo contrario, se estará cometiendo una ilegalidad que puede tener consecuencias graves.

En este sentido, la Ley General de la Seguridad Social es clara y señala que aquellos jubilados que se pongan a trabajar sin comunicarlo se exponen a la posibilidad de que su pensión se vea suspendida y, además, tengan que devolver todo lo que se ha cobrado de forma indebida.

Tal y como señala el artículo 213 de la citada ley, "el disfrute de la pensión de jubilación será incompatible con el trabajo del pensionista, con las salvedades y en los términos que legal o reglamentariamente se determinen".

Es decir, no se puede cobrar una pensión y al mismo tiempo estar trabajando, ya que el cometido de la primera es sustituir las rentas del trabajo cuando una persona cesa su actividad. Esta incompatibilidad se traduce en el cese al derecho de cobro de la misma, mientras que se siga manteniendo el trabajo.

Hay dos modalidades que sí lo permiten

Aunque por regla general el trabajo y la pensión son incompatibles, la Seguridad Social sí que establece dos modalidades en las que se pueden compaginar, cada una de ellas con sus propios requisitos. Son la jubilación flexible y la jubilación activa.

La jubilación flexible está orientada a los pensionistas que quieren volver a trabajar. De esta manera, se puede cobrar la pensión, mientras que se disfruta de un contrato a tiempo parcial. El importe de la prestación se va a ver reducido en proporción a la jornada de trabajo. Si es de media jornada (50%), se reducirá la pensión en un 50%.

Por otra parte, la jubilación activa es la que permite compatibilizar la jubilación con un contrato a tiempo parcial o completo. Para acceder a ella hay que haber alcanzado la edad legal de jubilación y tener derecho al 100% de la base reguladora. El trabajador podrá cobrar un porcentaje de la pensión, más allá de su sueldo como trabajador.