ANDALUCÍA
Política

Cinco claves de la Ley de Vivienda de Andalucía que entra en vigor el 24 de enero: más VPO, más suelo a disposición de los promotores y menos burocracia

Se crea la figura de las áreas prioritarias en las que la Junta concentrará sus recursos, con ayudas al alquiler, a la compra o incentivos a la construcción de nueva vivienda y a la rehabilitación

Juanma Moreno y María Jesús Montero, el pasado septiembre, en la entrega de viviendas protegidas en alquiler social en Córdoba.
Juanma Moreno y María Jesús Montero, el pasado septiembre, en la entrega de viviendas protegidas en alquiler social en Córdoba.Junta
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El próximo 24 de enero entra en vigor la Ley de Vivienda de Andalucía, con la que el Gobierno andaluz, que preside Juanma Moreno, pretende aumentar el parque de vivienda a precio asequible. Para ello, pondrá más suelo a disposición de los promotores y habrá más flexibilidad en las normas de protección. El déficit de vivienda en la comunidad es elevado. Según ha reconocido el propio presidente de la Junta, hacen falta 90.000 más, si bien la patronal andaluza de la construcción, Fadeco, eleva esta cifra hasta las 200.000.

La consejera Rocío Díaz, durante el pleno del Parlamento en el que se aprobó la Ley de Vivienda.
La consejera Rocío Díaz, durante el pleno del Parlamento en el que se aprobó la Ley de Vivienda.Junta

La ley andaluza busca "corregir" los efectos de la Ley Estatal de Vivienda del Gobierno de Pedro Sánchez, que ha tenido como efectos, según la Junta de Andalucía, "la subida de precios, la caída de la oferta, la incertidumbre jurídica del propietario o el aumento de la ocupación". La norma, elaborada por la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, que dirige Rocío Díaz, es la primera que aprueba una comunidad tras la normativa estatal, que lleva dos años y medio en vigor. A continuación se detallan cinco claves de la nueva norma.

1.- Vivienda protegida

La ley incorpora varias medidas urgentes del decreto-ley aprobado el pasado febrero por el Consejo de Gobierno, que perseguía la construcción de unas 20.000 viviendas protegidas en los próximos cinco años, implicando a promotores y ayuntamientos. Entre ellas, la posibilidad de aumentar la densidad y la edificabilidad en parcelas si hay compromiso de que sean protegidas. Al decreto-ley se han adherido ya cerca de 80 municipios andaluces que representan a más de la mitad de la población andaluza y que se localizan en las zonas donde se detecta una mayor demanda de viviendas.

Una de las novedades es la creación de la figura de las áreas prioritarias, que son zonas donde hay mayores dificultades para el acceso a la vivienda y en las que se concentrarán los recursos de la Administración, en forma de ayudas al alquiler, ayudas a la compra o incentivos a la construcción de nueva vivienda o a rehabilitación.

Otra clave de la ley es la apuesta por la colaboración público-privada en sus diferentes modalidades (concesiones y subvenciones), para "sumar esfuerzos en el objetivo de ampliar el parque residencial a precio asequible", detalla la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

Además, se va a crear una comisión andaluza de colaboración público-privada para encontrar nuevas fórmulas que se sumen a iniciativas ya puestas en marcha, como el sistema de permuta de suelo por vivienda o el desarrollo y urbanización de suelos.

2.- Víctimas de desahucios

La nueva ley incluye, en su disposición adicional séptima, la creación del Sistema Andaluz de Información y Asesoramiento Integral en Materia de Desahucios. Estará integrado por los "medios necesarios" para proporcionar asesoramiento a las personas incursas en desahucios de su vivienda habitual. Igualmente, podrá asesorar a aquellas personas que no puedan hacer frente al pago del alquiler de su vivienda habitual "en los términos y con los medios que reglamentariamente se establezcan", dice la ley.

Este dispositivo atenderá, de forma "prioritaria y singularizada", a personas en "especial situación de debilidad o emergencia social y económica", como víctimas de violencia de género y personas en riesgo de exclusión social. Para estos colectivos habrá asesoramiento, en los casos en los que no puedan pagar la hipoteca o el alquiler de su vivienda habitual.

3.- Viviendas deshabitadas y alquiler

El artículo 43 enumera diferentes medidas para los propietarios de viviendas deshabitadas con la finalidad de que salgan al mercado para su alquiler. Eso sí, solo se pondrán en marcha si hay "disponibilidad presupuestaria". Se prevé la "intermediación en el mercado del arrendamiento de viviendas que garanticen su efectiva ocupación" y el "aseguramiento" de los riesgos que garanticen el cobro de la renta, los desperfectos causados y la defensa jurídica de las viviendas alquiladas.

También se recogen las medidas fiscales que determinen las respectivas administraciones públicas "en el ejercicio de sus competencias" y subvenciones para propietarios, arrendatarios y entidades intermediarias.

La disposición adicional tercera prevé el desarrollo reglamentario del Registro de Viviendas Deshabitadas. Para ello, el Consejo de Gobierno, "a la mayor brevedad posible", y, en todo caso, en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de esta norma, deberá aprobar las normas que permitan poner en funcionamiento este registro. La ley precisa que nunca se podrá considerar vivienda deshabitada la que sea de una "persona física cuyo uso exclusivo sea el de esparcimiento o recreo", es decir, las segundas residencias en la playa o el campo quedan excluidas de esta catalogación.

4.- Rehabilitación

La ley pone el acento en la rehabilitación de viviendas, con iniciativas que van a permitir la reconstrucción de barriadas y medidas para la eliminación de la infravivienda bajo criterios y principios de "sostenibilidad social, medioambiental y económica". Igualmente, mejora la calidad y la eficiencia energética e hídrica de los inmuebles, con la constitución de una Comisión Técnica para la Calidad de la Vivienda en Andalucía, que incentive, por ejemplo, la industrialización en la construcción de viviendas.

5.- Multas

La norma prevé sanciones que, en el caso de las infracciones muy graves, podrían acarrear multas de hasta nueve mil euros. Las leves se sancionan con hasta tres mil euros y en ningún caso pueden imponerse multas inferiores a mil euros.

El artículo 64 precisa que las cantidades recaudadas a través de las multas se ingresarán en el patrimonio público de suelo de la Junta de Andalucía para la financiación de políticas públicas que fomenten la efectividad del derecho a la vivienda. Las multas, por lo tanto, tienen un carácter finalista.

Son infracciones muy graves "arrendar, transmitir o ceder el uso de inmuebles para su destino a vivienda sin cumplir las condiciones de seguridad". También "incumplir el deber de conservación y rehabilitación si supone un riesgo para la seguridad de las personas" y la "inexactitud en los documentos o certificaciones que sean necesarios para obtener una resolución administrativa con reconocimiento de derechos económicos, de protección o de habitabilidad".

Solo el PP avala la ley que rechazan PSOE, Vox, Adelante y Por Andalucía

La Ley de Vivienda fue aprobada por el pleno del Parlamento de Andalucía el pasado 2 de diciembre con los únicos votos favorables del PP. El resto de grupos parlamentarios -PSOE, Vox, Adelante Andalucía y Por Andalucía- la rechazaron.

El PSOE sostiene que se trata de una "ley sin alma", que "no soluciona" el problema del acceso a la vivienda de los andaluces. La nueva norma "solo le gusta a los que pretenden hacer negocios con la vivienda", afirma la portavoz socialista de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Verónica Pérez.

El PSOE critica que la Junta no haya querido limitar el precio de las VPO, "de esas viviendas de protección oficial que el Gobierno andaluz ha convertido en viviendas para ricos". Verónica Pérez opina que viviendas de 300.000 ó 350.000 euros "no pueden ser VPO". "¿Quién puede acceder a ese tipo de vivienda?