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Antes de que el Tribunal Constitucional amparase parcialmente a varios ex altos cargos del Gobierno andaluz del PSOE, tumbando así, en parte, la verdad judicial sobre el mayor caso de corrupción de la historia reciente del país, el de los ERE, hubo una quincena de magistrados que mantuvo una tesis contraria.
Estos quince magistrados sí apreciaron la existencia de una trama instaurada desde las más altas instancias del Ejecutivo andaluz para repartir de forma opaca, clientelar y sin control 679 millones de euros a lo largo de una década. Todo ello quedó recogido en los 1.205 folios de la sentencia firme del Tribunal Supremo, un órgano que está en la cúspide de la jerarquía de los tribunales judiciales españoles. El TC, a pesar de que se denomina «tribunal», no forma parte del Poder Judicial, sino que es el «intérprete supremo» de la Constitución española. De ahí que haya juristas que sostienen que el TC se ha «extralimitado» en su análisis del caso de los ERE.
Precisamente va por ahí el sentido de los votos particulares de los magistrados del TC que están disconformes con el sentir mayoritario de este órgano. Las resoluciones de los ERE están saliendo adelante por siete votos a favor de los magistrados progresistas por cuatro en contra del bloque conservador. «El Constitucional ha suplantado por primera vez en su historia al Supremo», advierten en los votos particulares.
Y este giro da un vuelco a la manera de interpretar el Código Penal. «A cualquier jurista, una mínima sorpresa le genera esta situación porque, hasta ahora, cualquier juez que tuviera la necesidad de consultar qué se entiende por resolución administrativa del artículo 404 del Código Penal [en el que es define la prevaricación], acudía a la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Ahora, parece que vamos a tener que esperar a que el TC redefina prácticamente todo el Código Penal», ha alertado este jueves en Canal Sur Radio el presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura en Andalucía occidental y juez de lo penal en Sevilla, Joaquín Yust.
Quince ex altos cargos, condenados
Pero antes de que la pieza principal de los ERE, en la que fueron condenados quince ex altos cargos del Gobierno andaluz, entre ellos los ex presidentes andaluces y del PSOE Manuel Chaves y José Antonio Griñán, llegara al TC, hubo quince magistrados que avalaron, con matices, la existencia de delitos de prevaricación y malversación en el reparto millonario de fondos. Ahora el TC ha establecido que las sucesivas leyes de presupuestos en las que se incluyó la partida 31L, también conocida como el fondo de reptiles, daban cobertura legal a las ayudas públicas que costearon los expedientes de regulación de empleo. La aprobación, por parte del Parlamento andaluz, de las leyes de presupuestos en las que estaban los ERE viene a blanquear, según el TC, todo el entramado de reparto de ayudas.
Entre los quince jueces que mantuvieron tesis contrarias al TC en los ERE hay cinco jueces de instrucción (Mercedes Alaya, Álvaro Martín, María Núñez Bolaños, Ana Rosa Curra e Iván Escalera); un magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) Miguel Pasquau; los tres magistrados de la Audiencia de Sevilla que celebraron juicio y dictaron la primera sentencia condenatoria (Juan Antonio Calle, Pilar Llorente y Encarnación Gómez); y seis magistrados del Tribunal Supremo (los cinco que dictaron la sentencia: Juan Ramón Berdugo, Ana Ferrer, Susana Polo, Carmen Lamela y Eduardo de Porres; además del instructor Jorge Alberto Barreiro).
La exclusiva de EL MUNDO
Fue Mercedes Alaya la que abrió el 19 de enero de 2011 las diligencias 174/2011 por la posible comisión de los delitos de malversación, prevaricación y tráfico de influencias. Unos días antes, el 27 de diciembre de 2010, EL MUNDO había publicado en exclusiva que la Junta de Andalucía llevaba diez años pagando prejubilaciones de forma ilegal.
Comenzó entonces una tarea titánica para la juez Alaya, que recibiría todo tipo de ataques personales y de presiones conforme avanzaba en la investigación y en la medida en que iba ampliando el ámbito de sus pesquisas hasta señalar a Chaves y Griñán. Por entonces, ambos tenían escaño en las Cortes Generales y, por lo tanto, su aforamiento impedía a la jueza sevillana tomarles declaración como investigados, por lo que tuvo que ceder el proceso al Tribunal Supremo.
Ahí, el magistrado Jorge Alberto Barreiro concluyó que había indicios suficientes para continuar con la investigación por prevaricación contra Chaves y Griñán, tras considerar «claramente ilegal» el procedimiento diseñado por la Junta para repartir las ayudas. 0
Alaya, apartada
En 2015, Alaya quedó apartada del caso, tras lograr una plaza en la Audiencia que ella misma había pedido, si bien pretendía retrasar su incorporación para continuar con la instrucción de los ERE y otros casos de corrupción. Años después, Alaya contó a Abc que el PSOE y el PP votaron en el CGPJ «apartarla» de las macrocausas porque había miedo a que siguiera investigando los cursos de formación, donde habían encontrado hechos «sumamente graves».
Los otros jueces de instrucción tuvieron una participación menor en el caso ERE, salvo Álvaro Martín, que dio por finalizada la investigación de los hechos en 2016 y envió la pieza principal a juicio oral.
El fallo de la Audiencia de Sevilla, corroborado en casi todos sus extremos por el Supremo, hace un pormenorizado relato sobre el caso ERE y los pasos que dieron los ex altos cargos andaluces para instaurar un sistema opaco e ilegal para repartir de forma discrecional y escapando a todos los controles ayudas sociolaborales y para empresas en crisis.
«La decisión de dar estas ayudas no partía de la Consejería de Empleo, sino que era una decisión del Gobierno en su conjunto», remarca la sentencia, que detalla cómo el Ejecutivo socialista aprobó infinidad de modificaciones presupuestarias para dar cobertura al procedimiento ilegal que permitió manejar el dinero sin dar cuentas a nadie.
El fallo despeja cualquier duda acerca de la implicación de los ex presidentes y va aún más allá, cuando asegura que la decisión de dar estas ayudas ilegales fue «del Gobierno en su conjunto» y que dicha decisión «partía del programa político con el que habían presentado a las elecciones».
Esta sentencia la suscribieron los tres magistrados de la Sección Primera de la Audiencia, mientras que en el Supremo fueron otros cinco jueces los que validaron esta verdad judicial sobre los ERE, en la que había delitos de prevaricación y malversación.
Ni siquiera los votos particulares de dos magistradas del Tribunal Supremo fueron tan lejos como ahora ha hecho el Constitucional. En aquellos votos particulares de Ana Ferrer y Susana Polo se cuestionó el delito de malversación, pero en ningún caso la prevaricación, que ahora sí ha matizado el TC.
De esta forma, las magistradas discrepantes con la decisión mayoritaria del Supremo defendieron que no hubo delito de malversación en la actuación de Miguel Ángel Serrano, el ex director general de IDEA, considerada la caja pagadora de los ERE; el ex viceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román; el ex consejero de Innovación Francisco Vallejo; la ex consejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo; y José Antonio Griñán. Por lo tanto circunscribieron el fraude a la Consejería de Empleo. Tras la decisión del Constitucional, esta semana han quedado en libertad Serrano, Vallejo y Martínez Aguayo.

